P43. Ayudas para la cofinanciación de actividades de Extensión Universitaria 2022

Resoluciones

  • Resolución definitiva (29 de julio de 2022). En base al art. 5.1 e) del Reglamento General de Protección de Datos los datos personales serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no mas del tiempo necesario para los fines del tratamiento de los datos personales ("principio de limitación de plazo de conservación").
  • Resolución provisional (20 de julio de 2022). En base al art. 5.1 e) del Reglamento General de Protección de Datos los datos personales serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no mas del tiempo necesario para los fines del tratamiento de los datos personales ("principio de limitación de plazo de conservación").

Bases

Objeto

La convocatoria de ayudas para la cofinanciación de actividades del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio de la Universidad de Granada nace con la intención de generar sinergias entre este Vicerrectorado y los distintos centros y unidades de la UGR, optimizar los recursos disponibles y programar, dentro del calendario académico y la agenda cultural de la universidad, iniciativas de actividades de extensión (de índole cultural, patrimonial o de proyección social del conocimiento) que emanen de los distintos integrantes de la comunidad universitaria y reviertan en ella y en el resto de la sociedad, mejorando y amplificando su difusión e impacto.

Este programa comprende las siguientes modalidades:

A. Actividades Culturales

B. Divulgación Científica

C. Conservación y difusión del Patrimonio

Beneficiarios

Serán susceptibles de recibir financiación los centros, departamentos, proyectos de investigación, servicios… de la Universidad de Granada que impulsen y cofinancien actividades de Extensión Universitaria de cualquier ámbito y tipología, como por ejemplo:

  • Organización de actividades dirigidas al fomento de la cultura y vocaciones científicas y a la divulgación de la investigación que se realiza en nuestra universidad, dirigidas a público general y alumnos universitarios y no universitarios tales como conferencias,  mesas redondas, seminarios, jornadas, concursos, exposiciones, talleres ...
  • Acciones de conservación y difusión del patrimonio universitario.
  • Publicaciones exclusivamente derivadas de actividades de extensión cultural (como, por ejemplo, catálogos de exposiciones, cuadernos técnicos, material didáctico…).
  • Otras actividades no contempladas en esta relación y que la comisión estime pertinentes.

No podrán imputarse gastos de carácter protocolario y caterings.

Es requisito imprescindible que la actividad esté impulsada, así como cofinanciada en una cantidad no inferior al 50 % del presupuesto total del mismo, por un Centro, Departamento, Proyecto de Investigación o Servicio de la Universidad de Granada.

No se concederán ayudas a acciones que correspondan a una actividad que haya recibido financiación directa o indirectamente en algún otro programa de este plan.

Dotación de las ayudas y ejecución

El importe de cada ayuda será como máximo de 1.500 € (siempre que se justifique la cofinanciación del presupuesto total de la actividad en un porcentaje igual o superior al 50 %).

La dotación total de la presente convocatoria supone un importe de 30.000 €. A fecha de publicación de esta convocatoria dicha cuantía se encuentra retenida con cargo a la partida presupuestaria 3020070000 321B.2 226.09. El abono se llevará a cabo mediante redistribución o transferencia de crédito al centro de gastos del beneficiario una vez publicada la resolución de concesión definitiva. No obstante, las ayudas destinadas a financiar gastos a ejecutar en el año 2023 serán abonadas una vez abierto dicho ejercicio económico, quedando supeditadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo.

La realización de las actividades deberá llevarse a cabo obligatoriamente durante el curso 2022-2023.

Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de esta convocatoria hasta las 12.00 horas el 31 de mayo de 2022.

Las propuestas deberán ser presentadas por cualquier miembro de la comunidad universitaria que desee emprender una actividad de extensión universitaria en el ámbito del centro, departamento, proyecto, servicio… al que se refiere el primer punto del apartado anterior.

Cada solicitante (o grupo de solicitantes) podrá presentar cuantas propuestas considere oportuno, asumiendo la responsabilidad de la realización de las mismas. No obstante, en aras de favorecer la distribución de las ayudas en ningún caso se concederá más de una ayuda a una misma actividad y solo excepcionalmente en caso de disponibilidad presupuestaria podrá concederse más de una ayuda al mismo solicitante.

Las solicitudes se llevarán a cabo de manera online a través del procedimiento electrónico habilitado en Sede UGRdonde deberá identificarse a través de uno de estos métodos:

  • Con usuario y clave de Acceso Identificado UGR.
  • Con Certificado Digital (si no dispone de esta herramienta puede obtenerla a través de la Web de FNMT).

Una vez identificado/a deberá aportar obligatoriamente en formato PDF estos dos documentos:

  • Memoria de la actividad, a través del formulario de solicitud disponible al final de esta página.
  • Carta de compromiso firmada por el responsable del centro, departamento, proyecto, servicio… acreditando que la actividad está impulsada y cofinanciada por el mismo, a través del modelo disponible al final de esta página (en caso de que la actividad cuente con más de una cofinanciación deberá compilar todos los compromisos en un solo archivo PDF).

Criterios de valoración

  • Interés de la propuesta y adecuación de la misma a la política de Extensión Universitaria de la UGR.
  • Coste total de la propuesta y porcentaje de cofinanciación cubierto.
  • Viabilidad técnica y económica de la actividad.
  • Repercusión de la iniciativa en la comunidad universitaria y la sociedad.
  • Impacto mediático previsible.

Resolución

La selección de proyectos será efectuada por una comisión evaluadora integrada por el vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio (o persona en quien delegue), tres miembros de las distintas áreas que integran dicho Vicerrectorado, y el vicerrector de Investigación y Transferencia (o persona en quien delegue), pudiendo contar asimismo con la valoración de comisiones de expertos específicas según la temática.

La resolución de las ayudas se hará pública en la web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio durante el mes de julio de 2021.

Justificación

En el plazo máximo de un mes desde la realización de la actividad el beneficiario deberá presentar una memoria final justificativa de la adecuada ejecución de la actividad, así como los justificantes de gasto realizados por el importe de la ayuda concedida y de la parte cofinanciada. En caso de no justificar la totalidad de la ayuda concedida se deberá proceder al reintegro al Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio del importe correspondiente a la parte no justificada.

Cualquier acción derivada de la ejecución de la actividad, en exposiciones públicas o en todo tipo de publicaciones, deberá reflejar el logo de la UGR y hacer constar: “Actividad realizada con el apoyo del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio de la UGR.”

Documentos de solicitud