Ayudas a la creación en Artes Escénicas Alumni UGR 2020

Resoluciones:

  • Resolución definitiva (30 de octubre de 2020). En base al art. 5.1 e) del Reglamento General de Protección de Datos los datos personales serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no mas del tiempo necesario para los fines del tratamiento de los datos personales ("principio de limitación de plazo de conservación").
  • Resolución provisional (19 de octubre de 2020). En base al art. 5.1 e) del Reglamento General de Protección de Datos los datos personales serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no mas del tiempo necesario para los fines del tratamiento de los datos personales ("principio de limitación de plazo de conservación").

El Aula de Artes Escénicas de La Madraza, Centro de Cultura Contemporánea convoca el Programa de Ayudas a la Creación en Artes Escénicas, con objeto de estimular y promocionar la investigación y creación escénica altamente innovadora y su difusión a través de la financiación económica de proyectos impulsados por egresados de la Universidad de Granada y su presentación en espacios de la UGR.

Podrán participar en esta convocatoria creadores pertenecientes al colectivo de egresados de la Universidad de Granada (Alumni de la UGR).

  • Modalidad A. Ayudas a proyectos escénicos originales –teatro y danza, así como otras modalidades escénicas- dirigidos por cualquier creador perteneciente al colectivo Alumni Ugr, siempre que no hayan transcurrido más de 10 años desde la fecha de licenciatura/grado.
  • Modalidad B. Ayudas a proyectos escénicos originales –teatro y danza, así como otras modalidades escénicas- dirigidos por cualquier creador perteneciente al colectivo Alumni Ugr, siempre que hayan transcurrido más de 10 años desde la fecha de licenciatura/grado.

Ambas Modalidades pueden incorporar la dimensión espacial o escénica propia de géneros como teatro, danza, teatro de calle, performance, circo… y cuantas manifestaciones escénicas pudieran ser contempladas.

Si la iniciativa posee un carácter colectivo, se requerirá que al menos algún miembro haya tenido vinculación con nuestra universidad.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de esta convocatoria hasta el 15 de julio de 2020.

Las propuestas deberán realizarse a través del formulario electrónico disponible al final de esta página, al que se subirá la siguiente documentación:

  • Memoria del proyecto, recogida en el modelo de solicitud disponible para descarga (máximo 15 páginas).

  • Documento acreditativo de la vinculación -pasada- del solicitante con la UGR.

  • DNI del solicitante.

Una vez realizado este trámite, recibirá un mensaje de confirmación a la dirección de correo-e indicada en el formulario, el cual deberá imprimir, firmar y presentar, dentro del plazo establecido en la convocatoria, en cualquiera de los siguientes lugares:

  • Registro General de la UGR (Hospital Real).

  • Registro de cualquier Centro (Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Escuelas Universitarias).

  • Registro telemático disponible en la Sede Electrónica de la UGR. Pinche aquí

  • Cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los proyectos deberán pertenecer al ámbito de las Artes Visuales.

Modalidad A. Se concederá una ayuda de 1.500 € brutos por convocatoria.

Modalidad B. Se concederá una ayuda de 1.500 € brutos por convocatoria.

El otorgamiento de las ayudas estará supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente.

La realización de los proyectos presentados deberá llevarse a cabo obligatoriamente durante el curso 2020-2021.

La resolución de concesión de las ayudas será decidida por una Comisión Evaluadora formada por el vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio (o persona en quien delegue), el vicerrector de Investigación y Transferencia (o persona en quien delegue), el director de La Madraza. Centro de Cultura Contemporánea de la UGR (o persona en quien delegue), el Director del Aula de Artes Escénicas de la Madraza, un profesor de la UGR cualificado en materias afines con las Artes Escénicas y de uno o varios creadores o intérpretes de reconocido prestigio, designados por el Aula de Artes Escénicas de la Madraza. Centro de Cultura Contemporánea de la UGR. La decisión de la Comisión Evaluadora será inapelable.

La resolución de las ayudas se hará pública en la web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio durante el mes de septiembre de 2020.

La comisión valorará las diferentes solicitudes teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:

  • Calidad, rigor y solvencia del proyecto.
  • Trayectoria artística del solicitante.
  • Viabilidad del proyecto.
  • Grado de innovación del proyecto.

En el caso de las ayudas de la Modalidad A, la comisión asignará una sala al proyecto ganador en función de las características específicas del mismo. En el caso de la Modalidad B, siempre que el proyecto lo requiriera, la comisión asignará una sala en función de las características específicas del mismo. De manera prioritaria, la convocatoria se orienta a proyectos que puedan presentarse en la Sala Máxima del Espacio V Centenario, aunque se admiten a consideración propuestas orientadas a otros espacios gestionados o no por la Universidad de Granada.

No obstante, la comisión evaluadora se reserva el derecho a declarar la convocatoria desierta total o parcialmente.

Los beneficiarios de estas ayudas se comprometen mediante la aceptación de estas bases a permitir realizar la difusión de los proyectos seleccionados, para lo que deberán ceder –de manera no exclusiva- los derechos de reproducción y comunicación pública de las obras de los mismos expuestas a favor de la UGR, consintiendo sin carga alguna para la Universidad de Granada la divulgación de los mismos mediante medios audiovisuales, digitales o de otro tipo.

Si la propuesta beneficiaria incluye derechos de terceras personas, los participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando a la Universidad de Granada de cualquier reclamación al respecto.

El Aula de Artes Escénicas de la de La Madraza. Centro de Cultura Contemporánea de la UGR, por su parte, se compromete a dar la máxima difusión a los proyectos a través de distintos canales de comunicación y a editar o grabar los materiales propios del proyecto, así como los de su representación pública, si la Comisión así lo decidiera.

En el plazo máximo de un mes desde la representación pública del proyecto, los beneficiarios deberán presentar un informe del desarrollo y realización de la actividad, en el que se incluya la descripción detallada de los gastos realizados con cargo a la ayuda percibida.

Cualquier documentación derivada de la ejecución del proyecto, en presentaciones o interpretaciones públicas o de cualquier tipo, deberá reflejar el logotipo de la UGR y hacer constar: “Proyecto producido con el apoyo de la Universidad de Granada

Los beneficiarios se comprometen a producir y presentar el proyecto aprobado en un plazo máximo de 4 meses desde la concesión de la ayuda, dejando constancia fotográfica o audiovisual del proceso de creación o ejecución del mismo (dicha documentación podrá ser utilizada con fines de divulgación y comunicación de las ayudas y de las diferentes metodologías creativas o interpretativas). Cualquier posible modificación del proyecto deberá estar suficientemente motivada y ser autorizada previamente por el Aula de Artes Escénicas de La Madraza.

La UGR organizará una presentación pública de cada proyecto seleccionado en estas ayudas, en las fechas acordadas con los autores, que se comprometen a enviar los materiales de difusión necesarios para su presentación en los plazos fijados, participar en el proceso de ensayo y presentación –garantizando la adecuación al espacio y la prevención de riesgos- y a ofrecer, al menos, una actividad pública (conferencia o taller), en torno a la/s fecha/s que acuerden con la organización.

La renuncia o incumplimiento de lo dispuesto en estas Bases por el autor beneficiario conllevará la pérdida automática del derecho a la ayuda y la obligación de devolver la cantidad percibida.

La UGR, a través de la persona que nombre a tal efecto, podrá evaluar el desarrollo del proyecto durante su ejecución.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación íntegra de estas bases.