Resoluciones:
Resolución definitiva (27 de julio de 2021). En base al art. 5.1 e) del Reglamento General de Protección de Datos los datos personales serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no mas del tiempo necesario para los fines del tratamiento de los datos personales ("principio de limitación de plazo de conservación").
Resolución provisional (28 de junio de 2021). En base al art. 5.1 e) del Reglamento General de Protección de Datos los datos personales serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no mas del tiempo necesario para los fines del tratamiento de los datos personales ("principio de limitación de plazo de conservación").
Objetivo
El objetivo del programa es hacer accesibles fondos documentales y patrimoniales inéditos para ponerlos a disposición de la comunidad investigadora al objeto de fomentar trabajos de investigación a partir de los mismos en temas relacionados con la Cultura y el Patrimonio que sean estratégicos para la Universidad de Granada y que resultan de interés tanto para la propia Universidad como para su ámbito territorial.
Este programa se plantea como un instrumento que sirve para poner la capacidad investigadora de nuestra universidad al servicio de las fundaciones culturales que mantienen una estrecha relación institucional con la universidad, así como también de aquellas colecciones patrimoniales que se ofrecen a la comunidad universitaria mediante la correspondiente donación, depósito o cesión de la documentación digital generada, contribuyendo con ello al conocimiento y difusión de las mismas y fomentando así el inicio de proyectos de investigación sobre ellas que pudieran optar a otros programas de financiación externa.
Condiciones
La ayuda concedida se dirige al desarrollo de líneas de investigación que puedan plantearse con:
- Fundaciones culturales de cuyo patronato forme parte la Universidad de Granada o con las que exista un convenio de colaboración en cuyos compromisos se atienda específicamente a los objetivos de este programa.
- Colecciones patrimoniales cuyos fondos puedan ser objeto de depósito o donación a la universidad o, en su defecto, el material documental generado quede puesto a disposición de la sociedad a través de los repositorios de la UGR.
La ayuda concedida se dedica principalmente a las acciones necesarias para llevar a cabo la documentación de fondos. En este sentido, la compra de pequeño equipo de investigación, los desplazamientos así como contratación de personal en el marco del programa ÍCARO son gastos elegibles.
El libramiento económico se realizará en un solo pago a la concesión del proyecto en un centro de gasto creado a nombre de la persona solicitante para la gestión de la ayuda.
El importe de la ayuda será de un máximo de 3.000 €. La cuantía total destinado a financiar el programa es de 9.000 €. A fecha de publicación de esta convocatoria, dicha cantidad se encuentra retenida con cargo a la partida presupuestaria 3020070000 321B.2 226.09. El abono se llevará a cabo mediante la figura del cargo-abono al centro de gastos del beneficiario una vez publicada la resolución de concesión definitiva.
La no presentación del informe final del proyecto o la no justificación económica, serán motivo para el reintegro de la ayuda concedida.
Requisitos de los solicitantes
Ser Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.
Tendrán prioridad aquellas propuestas cuyo investigador principal no haya obtenido financiación en convocatorias anteriores de los programas de proyectos del Plan Propio; en las 5 últimas anualidades).
Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de esta convocatoria hasta el 31 de mayo de 2021.
Las solicitudes se llevarán a cabo de manera online a través de la Sede Electrónica de la UGR (pinche aquí para acceder al procedimiento) donde deberá identificarse a través de uno de estos métodos:
- Con usuario y clave de Acceso Identificado UGR.
- Con Certificado Digital (si no dispone de esta herramienta puede obtenerla a través de la Web de FNMT).
Una vez identificado/a deberá aportar obligatoriamente, en formato PDF, estos documentos:
- Memoria del proyecto, a través del formulario de solicitud disponible al final de esta página.
- Carta de compromiso firmada electrónicamente, a través del modelo disponible al final de esta página:
- En el caso de fundaciones, expresando su interés por el tema propuesto y el respaldo en aquellos aspectos que dependan de ella y que puedan condicionar la viabilidad del proyecto solicitado.
- En el caso de colecciones particulares, expresando la voluntad del titular de donar o depositar los fondos, o de ceder la documentación digital generada a la Universidad de Granada y respaldo en aquellos aspectos que puedan condicionar la viabilidad del proyecto solicitado.
- Certificación, en su caso, de la composición del Patronato de la Fundación Cultural, en el que conste la presencia de la Universidad como miembro del mismo, o de la existencia del convenio que recoja ese tipo de colaboración.
La resolución de las ayudas se hará pública en la web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio durante el mes de julio de 2021.
Criterios de valoración
La Comisión evaluadora tendrá en cuenta como principales criterios de selección el interés de los fondos para la universidad, la calidad del proyecto, su viabilidad y el currículum vitae del investigador responsable.
Obligaciones de los beneficiarios
- Cumplir el plan de trabajo previsto.
- Proporcionar a la UGR el material documental generado.
- Remitir al Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio un informe final del proyecto que incluya las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y el balance económico en el que se incluya la justificación documental de los gastos realizados con cargo a la ayuda.
- Solicitar la correspondiente autorización en el caso de querer publicar total o parcialmente los resultados del trabajo realizado.