0901 Ayudas a la Formación, 2009

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0901 Ayudas a la Formación, 2009

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AYUDAS A LA FORMACIÓN DE LA ORQUESTA DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

  • Convocatoria 2009
  • La presenta convocatoria tiene por objeto favorecer las actividades de perfeccionamiento musical de los integrantes de la Orquesta de la Universidad de Granada (en adelante, 'OUGR') mediante la concesión de ayudas económicas individuales que posibiliten la participación en cursos y master clases de interpretación musical así como la asistencia a congresos relacionados con el área de historia y ciencias de la música, educación musical y áreas afines.
  • La concesión de las distintas ayudas se regulará por las presentes bases.
    • Primera. Requisitos de los candidatos: Podrán solicitar estas ayudas los integrantes de la OUGR. Tendrán esta consideración, a efectos de la presente convocatoria, aquellos alumnos que hayan sido seleccionados en algún procedimiento ordinario de admisión de la orquesta y se encuentren en situación de participación activa en al menos las tres cuartas partes del curso académico.
    • Segunda. Los alumnos que no cumplieran el requisito de participación activa podrán ser considerados para la concesión de estas ayudas si existieran causas suficientemente justificadas y debidamente acreditadas, a criterio de la comisión de selección y según informe de la dirección artística de la orquesta.
    • Tercera. Podrán solicitar las ayudas igualmente los alumnos que hayan sido invitados como colaboradores de la OUGR a lo largo del curso académico en curso, teniendo en cuenta en cualquier caso que los integrantes de la OUGR (tal como se indica en el punto anterior) tendrán siempre prioridad sobre estos.
    • Cuarta. Plazo y lugar de presentación de solicitudes: La presente convocatoria será publicada en la página web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Cooperación al esarrollo por un período no inferior a quince días. El plazo de presentación comprenderá desde el día de dicha publicación hasta las 14 horas del martes, 23 de junio de 2009. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de Granada (Hospital Real. Cuesta del Hospicio, s/n). Para ello presentarán el modelo de solicitud específico de esta convocatoria junto con la documentación correspondiente, indicada más adelante.
    • Quinta. Documentación a presentar: El impreso de solicitud estará disponible para los interesados en el Vicerrectorado de Extensión Universitaria y C.D. y en la página web de la orquesta. Se deberá presentar la siguiente documentación:
      • Impreso de solicitud , debidamente cumplimentado.
      • Curriculum artístico y académico del solicitante.
      • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento análogo.
      • Documento de admisión en la actividad prevista, señalando el tipo de participación (alumno activo u oyente en cursos o master clases, congresista, ponente, artista contratado, etc). Si no hubiera concluido aún el proceso de admisión en la actividad, se aportará solicitud de participación o contactos realizados.
      • Documento bancario donde se refleje el número de cuenta donde habrá de ingresarse la ayuda, y del que el solicitante deberá ser titular.
      • Anexo, con la memoria explicativa de las actividades a desarrollar por el solicitante. Deberá contener, al menos, los siguientes extremos:
        • Nombre completo de la actividad/evento
        • Institución organizadora
        • Lugar y fechas de celebración
        • Contenidos de la actividad
        • Interés de la propuesta para el solicitante y juicio personal sobre el valor añadido para su formación académica.
        • Presupuesto pormenorizado de los gastos previstos para la consecución de las actividades contenidas en la memoria. (tasas de inscripción, viajes, alojamiento y manutención, otros gastos)
        • Documentación impresa de la actividad (folleto o similar) o dirección de Internet del organismo organizador, con información de la actividad propuesta.
    • Sexta. Naturaleza y cuantía de las ayudas: La Universidad de Granada concederá un número limitado de ayudas, por un importe total de 13.500€. La cuantía de cada ayuda individual será de hasta 900 euros no pudiendo ser en ningún caso superior a los gastos efectivamente realizados. El pago de las ayudas será realizado en una única transferencia bancaria por el importe total concedido y será realizado una vez realizada la actividad y acreditada la misma, según se especifica más adelante.
    • Séptima. Criterios para la concesión de las ayudas. Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de libre concurrencia, transparencia, objetividad y no discriminación. Se establecen además los siguientes criterios generales para la valoración de las propuestas presentadas: perfil académico y artístico del solicitante, trabajo realizado durante el curso en la OUGR y naturaleza e interés de la actividad propuesta. Tendrán preferencia aquellos candidatos que no hayan obtenido estas ayudas en el curso inmediatamente anterior al de la convocatoria, sin perjuicio de lo establecido en la base 3 de esta convocatoria.
    • Octava. Comisión de selección: Las solicitudes serán valoradas por una comisión creada a tal efecto por el Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada. Dicha comisión será presidida por el Excmo. Sr. Vicerrector o persona en quien él delegue. Estará formada por el presidente y cuatro vocales, uno de los cuales será necesariamente el director artístico de la Orquesta de la Universidad de Granada.
    • Novena. Valoración de las propuestas: El baremo que se tendrá en cuenta para la valoración de cada solicitud será el siguiente:
      1. Perfil académico y artístico del solicitante: hasta 3 puntos.
      2. Trabajo realizado en la OUGR: hasta 5 puntos. Se tendrá en cuenta en este apartado la valoración del solicitante respecto al rendimiento, interés, asistencia, puestos de responsabilidad desempeñados y compromiso con el proyecto. Para la correcta valoración de este apartado se contará con un informe personalizado que el director titular de la OUGR realizará sobre cada candidato.
      3. Naturaleza e interés de la propuesta: Hasta 2 puntos.
    • Décima. Obligaciones de los beneficiarios. Los beneficiarios de estas ayudas tendrán las siguientes obligaciones:
      1. Realizar la actividad descrita en la memoria objeto de la solicitud en todos sus extremos y obtener de la institución organizadora la correspondiente acreditación documental (diploma, certificado, acreditación de los pagos realizados, etc.).
      2. Justificar fehacientemente, a criterio de la universidad, los gastos realizados así como cualquier otro aspecto tendente a la acreditación de la actividad realizada.
    • Undécima. Interpretación de esta norma. Cualquier aspecto no contemplado en las presentes bases será resuelto por el Vicerrectorado de Extensión. La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de las bases contenidas en ella.
  • El Vicerrector de Extensión Universitaria y Cooperación al Desarrollo

Miguel Gómez Oliver

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